196 – Asesoramiento en Procedimiento de Acuerdo Conclusivo: elemento esencial / Advice on Conclusive Agreement Procedure: essential element
El procedimiento de acuerdo conclusivo como medio alternativo de solución de controversias en contra de las facultades de comprobación suele ser una opción eficaz para disminuir los tiempos de los procedimientos de fiscalización y evitar extensos litigios, y especialmente reducir o extinguir las observaciones determinadas por la autoridad, siempre y cuando se conozca cómo gestionar adecuadamente.
Se dice que es un procedimiento eficaz cuando se conozca cómo gestionar adecuadamente, en razón de que no es una opción que se pueda seguir sin asesoría especializada, pues durante el desarrollo del mismo, es necesario realizar diversas actividades tales como celebrar mesas de trabajo donde participa el contribuyente, la autoridad fiscalizadora y la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, ofrecer las pruebas idóneas que desvirtúen las observaciones y esencialmente conocer a detalle la operación de la empresa que se está representado; actividades esenciales para poder lograr los mejores términos para la adopción del acuerdo conclusivo y reducir las contingencias, parcial o totalmente.
Debido a las actividades antes señaladas, es que se recomienda a las empresas que se encuentran actualmente bajo el ejercicio de facultades de comprobación por parte de alguna de las Unidades Administrativas del Servicio de Administración Tributaria, contar con asesoría especializada, antes de aceptar algún crédito fiscal.
Esto último, es de suma importancia, puesto que un mal asesoramiento durante el desarrollo del acuerdo conclusivo, puede representar la determinación de un crédito fiscal, aun y cuando el mismo no sea procedente.
Bajo las anteriores consideraciones, es que nos permitamos reiterar y sugerir a las empresas que se encuentren bajo facultades de comprobación o bien, ya dentro de un acuerdo conclusivo, asegurarse de la adecuada asesoría y en caso de llegar a un crédito “final” considerable, agotar otras opciones.
Sin otro asunto en particular quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración respecto de la presente información.
Atentamente
División de Consultoría en Comercio Internacional y Aduanas
TLC Asociados, S.C.
Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados de TLC Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto TLC Asociados, S.C., su equipo y su autor, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o destinatario le pueda dar.
The procedure of conclusive agreement as an alternative means of resolving disputes against the verification powers is usually an effective option to reduce the time of audit procedures and avoid extensive litigation, and especially reduce or extinguish the observations determined by the authority, as long as you know how to manage properly.
It is said that it is an effective procedure when it is known how to manage properly, because it is not an option that can be followed without specialized advice, because during the its development, it is necessary to carry out various activities such as holding workshops where the taxpayer, the auditing authority and the Taxpayer Advocacy Office participate, offer the appropriate evidence that discredits the observations and essentially know in detail the operation of the company that is represented; essential activities to be able to achieve the best terms for the adoption of the conclusive agreement and reduce the contingencies, partially or completely.
Due to the aforementioned activities, it is recommended that companies that are currently under the exercise of verification powers by one of the Administrative Units of the Tax Administration Service, have specialized advice, before accepting any tax burden.
The latter is of the utmost importance, since poor advice during the development of the final agreement may represent the determination of a tax burden, even when it is not appropriate.
It is under the previous considerations, that we allow ourselves to reiterate and suggest to the companies that are under verification or, already within a conclusive agreement, to ensure the adequate advice and in case of arriving at a considerable “final” credit, exhaust other options.
Without anything else at this moment, do not hesitate to contact us.
Sincerely,
Foreign Trade and Customs Consultancy Division of
TLC Asociados, S.C.
Partial or total reproduction is prohibited. All rights reserved to TLC Asociados, S.C. The content of this article is not a private consultation, therefore, TLC Asociados, S.C., and its team and author, are not responsible for any interpretation or use that the reader or recipient could give to it.
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196 – Asesoramiento en Procedimiento de Acuerdo Conclusivo: elemento esencial / Advice on Conclusive Agreement Procedure: essential element
El procedimiento de acuerdo conclusivo como medio alternativo de solución de controversias en contra de las facultades de comprobación suele ser una opción eficaz para disminuir los tiempos de los procedimientos de fiscalización y evitar extensos litigios, y especialmente reducir o extinguir las observaciones determinadas por la autoridad, siempre y cuando se conozca cómo gestionar adecuadamente.
Se dice que es un procedimiento eficaz cuando se conozca cómo gestionar adecuadamente, en razón de que no es una opción que se pueda seguir sin asesoría especializada, pues durante el desarrollo del mismo, es necesario realizar diversas actividades tales como celebrar mesas de trabajo donde participa el contribuyente, la autoridad fiscalizadora y la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, ofrecer las pruebas idóneas que desvirtúen las observaciones y esencialmente conocer a detalle la operación de la empresa que se está representado; actividades esenciales para poder lograr los mejores términos para la adopción del acuerdo conclusivo y reducir las contingencias, parcial o totalmente.
Debido a las actividades antes señaladas, es que se recomienda a las empresas que se encuentran actualmente bajo el ejercicio de facultades de comprobación por parte de alguna de las Unidades Administrativas del Servicio de Administración Tributaria, contar con asesoría especializada, antes de aceptar algún crédito fiscal.
Esto último, es de suma importancia, puesto que un mal asesoramiento durante el desarrollo del acuerdo conclusivo, puede representar la determinación de un crédito fiscal, aun y cuando el mismo no sea procedente.
Bajo las anteriores consideraciones, es que nos permitamos reiterar y sugerir a las empresas que se encuentren bajo facultades de comprobación o bien, ya dentro de un acuerdo conclusivo, asegurarse de la adecuada asesoría y en caso de llegar a un crédito “final” considerable, agotar otras opciones.
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The procedure of conclusive agreement as an alternative means of resolving disputes against the verification powers is usually an effective option to reduce the time of audit procedures and avoid extensive litigation, and especially reduce or extinguish the observations determined by the authority, as long as you know how to manage properly.
It is said that it is an effective procedure when it is known how to manage properly, because it is not an option that can be followed without specialized advice, because during the its development, it is necessary to carry out various activities such as holding workshops where the taxpayer, the auditing authority and the Taxpayer Advocacy Office participate, offer the appropriate evidence that discredits the observations and essentially know in detail the operation of the company that is represented; essential activities to be able to achieve the best terms for the adoption of the conclusive agreement and reduce the contingencies, partially or completely.
Due to the aforementioned activities, it is recommended that companies that are currently under the exercise of verification powers by one of the Administrative Units of the Tax Administration Service, have specialized advice, before accepting any tax burden.
The latter is of the utmost importance, since poor advice during the development of the final agreement may represent the determination of a tax burden, even when it is not appropriate.
It is under the previous considerations, that we allow ourselves to reiterate and suggest to the companies that are under verification or, already within a conclusive agreement, to ensure the adequate advice and in case of arriving at a considerable “final” credit, exhaust other options.
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