158 – Obligación OEA: actualización anual del perfil de seguridad / AEO Obligation: Annual update of the security profile
Ciudad de México, noviembre 17 de 2017.
Las empresas que se encuentren inscritas en el registro de empresas certificadas, en la modalidad Operador Económico Autorizado en términos de la regla 7.1.1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior, así como a las empresas inscritas en la modalidad de Socio Comercial Certificado en vinculación con la regla 7.1.4, tienen la obligación de presentar la actualización del perfil de seguridad de forma anual, así como, la información y procedimientos que lo sustenten.
De acuerdo a lo establecido en el Capítulo 7 de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE), regla 7.2.1 Obligaciones en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, los Operadores Económicos Autorizados y Socios Comerciales Certificados deberán acreditar el debido cumplimiento de sus obligaciones para poder seguir gozando de los beneficios del programa. Se establece que deberán dar aviso a la autoridad de las modificaciones que se hayan realizado en la compañía u operaciones, relacionadas con lo presentado en el perfil de seguridad que se ingresó al momento de su solicitud. De igual forma, en el caso de que no se hayan realizado actualizaciones o modificaciones a la información vertida en el perfil, deberán manifestarlo ante la autoridad de acuerdo a lo establecido en las RGCE.
“Dar aviso a la AGACE a través de la Ventanilla Digital, mediante el formato denominado “Avisos a que se refiere la regla 7.2.1., relacionados con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas”, cuando las circunstancias por las cuales se les otorgó el registro hayan variado… El aviso de actualización de los perfiles citados se deberá presentar al menos una vez al año a fin de acreditar que continúa cumpliendo con los estándares mínimos en materia de seguridad”.
La actualización anual del perfil de seguridad es una obligación que le compete a todas aquellas empresas que se encuentren inscritas como OEA, por lo que se recomienda realizar un análisis sobre los procesos y procedimientos establecidos, así como la identificación de mejoras como el aumento de cámaras de seguridad (sistema CCTV), ampliación en las instalaciones, cambio de su sistema de control de inventarios, apertura de nuevos andenes destinados a operaciones de comercio exterior, accesos principales, apertura de almacenes o bodegas, entre otras actividades involucradas con las operaciones de la empresa y que signifiquen la modificación respecto a la información presentada previamente ante la autoridad.
El cumplimiento en tiempo y forma a las obligaciones establecidas en el Esquema de Certificación de Empresas, es fundamental para que la empresa siga gozando de los beneficios y no incurra en un proceso de cancelación afectando sus operaciones, clientes y socios comerciales.
Sin otro asunto en particular quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración respecto de la presente información.
Atentamente
División de Consultoría en Comercio Internacional y Aduanas
TLC Asociados, S.C.
Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados de TLC Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto TLC Asociados, S.C., su equipo y su autor, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o destinatario le pueda dar.
Mexico City, November 17, 2017.
Companies enrolled in the certified companies registry, in the Authorized Economic Operator modality in terms of the rule 7.1.1 of the General Rules of Foreign Trade, as well as to the companies enrolled in the modality of Certified Commercial Partner in connection with rule 7.1.4, have the obligation to present the update of their security profile on an annual basis, as well as any information and procedures that support it.
In accordance with the provisions of Chapter 7 of the General Rules of Foreign Trade (GRFT), rule 7.2.1 Obligations in the Company Certification Scheme Registry, the Authorized Economic Operators and Certified Commercial Partners must accredit the proper compliance of their obligations to continue enjoying the benefits of the program. It is established that they must give notice to the authority of the modifications that have been made in the company or operations, related to what was presented in the security profile that was entered at the time of their application. Similarly, in the event that no updates or modifications have been made to the information provided in the profile, they must state it to the authority in accordance with the provisions of the GRFT.
“Give notice to the GAFTA through the Digital Window, through the format called “Notices referred to in regulation 7.2.1., Related to the Company Certification Scheme Registry”, when the circumstances for which they were granted the registration have changed … The notice of update of the mentioned profiles must be presented at least once a year in order to prove that it continues to meet with the minimum security standards.”
The annual update of the security profile is an obligation that belongs to all those companies that are registered as AEO, so it is recommended to perform an analysis on the established processes and procedures, as well as the identification of improvements such as the increase of cameras of security (CCTV system), expansion in the facilities, changes in its inventory control system, opening of new platforms for foreign trade operations, main accesses, opening of warehouses, among other activities involved with the operations of the company and that mean modifications regarding the information previously presented to the authority.
Compliance in due time and form to the obligations established in the Company Certification Scheme, is essential for the company to continue enjoying the benefits and not incur in a cancellation process thus affecting its operations, customers and business partners.
Without anything else at this moment, do not hesitate to contact us.
Sincerely,
Foreign Trade and Customs Consultancy Division of
TLC Asociados, S.C.
Partial or total reproduction is prohibited. All rights reserved to TLC Asociados, S.C. The content of this article is not a private consultation, therefore, TLC Asociados, S.C., and its team and author, are not responsible for any interpretation or use that the reader or recipient could give to it.
158 – Obligación OEA: actualización anual del perfil de seguridad / AEO Obligation: Annual update of the security profile
Ciudad de México, noviembre 17 de 2017.
Las empresas que se encuentren inscritas en el registro de empresas certificadas, en la modalidad Operador Económico Autorizado en términos de la regla 7.1.1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior, así como a las empresas inscritas en la modalidad de Socio Comercial Certificado en vinculación con la regla 7.1.4, tienen la obligación de presentar la actualización del perfil de seguridad de forma anual, así como, la información y procedimientos que lo sustenten.
De acuerdo a lo establecido en el Capítulo 7 de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE), regla 7.2.1 Obligaciones en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, los Operadores Económicos Autorizados y Socios Comerciales Certificados deberán acreditar el debido cumplimiento de sus obligaciones para poder seguir gozando de los beneficios del programa. Se establece que deberán dar aviso a la autoridad de las modificaciones que se hayan realizado en la compañía u operaciones, relacionadas con lo presentado en el perfil de seguridad que se ingresó al momento de su solicitud. De igual forma, en el caso de que no se hayan realizado actualizaciones o modificaciones a la información vertida en el perfil, deberán manifestarlo ante la autoridad de acuerdo a lo establecido en las RGCE.
“Dar aviso a la AGACE a través de la Ventanilla Digital, mediante el formato denominado “Avisos a que se refiere la regla 7.2.1., relacionados con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas”, cuando las circunstancias por las cuales se les otorgó el registro hayan variado… El aviso de actualización de los perfiles citados se deberá presentar al menos una vez al año a fin de acreditar que continúa cumpliendo con los estándares mínimos en materia de seguridad”.
La actualización anual del perfil de seguridad es una obligación que le compete a todas aquellas empresas que se encuentren inscritas como OEA, por lo que se recomienda realizar un análisis sobre los procesos y procedimientos establecidos, así como la identificación de mejoras como el aumento de cámaras de seguridad (sistema CCTV), ampliación en las instalaciones, cambio de su sistema de control de inventarios, apertura de nuevos andenes destinados a operaciones de comercio exterior, accesos principales, apertura de almacenes o bodegas, entre otras actividades involucradas con las operaciones de la empresa y que signifiquen la modificación respecto a la información presentada previamente ante la autoridad.
El cumplimiento en tiempo y forma a las obligaciones establecidas en el Esquema de Certificación de Empresas, es fundamental para que la empresa siga gozando de los beneficios y no incurra en un proceso de cancelación afectando sus operaciones, clientes y socios comerciales.
Sin otro asunto en particular quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración respecto de la presente información.
Atentamente
División de Consultoría en Comercio Internacional y Aduanas
TLC Asociados, S.C.
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Mexico City, November 17, 2017.
Companies enrolled in the certified companies registry, in the Authorized Economic Operator modality in terms of the rule 7.1.1 of the General Rules of Foreign Trade, as well as to the companies enrolled in the modality of Certified Commercial Partner in connection with rule 7.1.4, have the obligation to present the update of their security profile on an annual basis, as well as any information and procedures that support it.
In accordance with the provisions of Chapter 7 of the General Rules of Foreign Trade (GRFT), rule 7.2.1 Obligations in the Company Certification Scheme Registry, the Authorized Economic Operators and Certified Commercial Partners must accredit the proper compliance of their obligations to continue enjoying the benefits of the program. It is established that they must give notice to the authority of the modifications that have been made in the company or operations, related to what was presented in the security profile that was entered at the time of their application. Similarly, in the event that no updates or modifications have been made to the information provided in the profile, they must state it to the authority in accordance with the provisions of the GRFT.
“Give notice to the GAFTA through the Digital Window, through the format called “Notices referred to in regulation 7.2.1., Related to the Company Certification Scheme Registry”, when the circumstances for which they were granted the registration have changed … The notice of update of the mentioned profiles must be presented at least once a year in order to prove that it continues to meet with the minimum security standards.”
The annual update of the security profile is an obligation that belongs to all those companies that are registered as AEO, so it is recommended to perform an analysis on the established processes and procedures, as well as the identification of improvements such as the increase of cameras of security (CCTV system), expansion in the facilities, changes in its inventory control system, opening of new platforms for foreign trade operations, main accesses, opening of warehouses, among other activities involved with the operations of the company and that mean modifications regarding the information previously presented to the authority.
Compliance in due time and form to the obligations established in the Company Certification Scheme, is essential for the company to continue enjoying the benefits and not incur in a cancellation process thus affecting its operations, customers and business partners.
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