AVISOS DE TRASLADOS DE LA INDUSTRIA DE AUTOPARTES
AVISOS DE TRASLADOS DE LA INDUSTRIA DE AUTOPARTES
La Industria de Autopartes (IAT), son aquellas empresas con Programa IMMEX que enajenan partes y componentes importados temporalmente conforme al artículo 108 de la Ley Aduanera, así como partes y componentes que incorporen insumos importados temporalmente bajo dichos programas, a las empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte para ser integrados a sus procesos de ensamble y fabricación de vehículos.
El procedimiento para transferir partes y componentes mediante avisos de traslados se encuentra regulado en la regla 4.3.10 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018 que a la letra indica: “Las empresas de la industria de autopartes, que se encuentren ubicadas en la franja o región fronteriza y que enajenen partes y componentes a las empresas de la industria terminal automotriz o manufacturera de vehículos de autotransporte ubicadas en el resto del territorio nacional, conforme a la regla 4.3.9., podrán efectuar el traslado de dichas mercancías al resto del país, siempre que presenten el formato “Aviso para el traslado de autopartes a la industria terminal automotriz o manufacturera de vehículos de autotransporte” ante la ACAJACE.”
Este dispositivo establece una facilidad administrativa para la Industria Autopartista localizadas en las zonas fronterizas de nuestro país, la cual consiste en mover o trasladar al resto del territorio nacional materias primas (partes u componentes) que han sido enajenadas a las empresas ITA o MVA.
El procedimiento de internación se llevará a cabo por parte de la empresa IAT, siempre que presenten ante la Administración Central de Apoyo Jurídico de Auditoría de Comercio Exterior de la AGACE el formato “Aviso para el traslado de autopartes a la industria terminal automotriz o manufacturera de vehículos de autotransporte”, que forma parte del Anexo 1 de las RGCE, se cumplan los siguientes requisitos:
1. Manifestación expresa del representante legal de la ITA o MVA que declare:
a. Las mercancías ha sidos adquirida por ésta y que asume la responsabilidad solidaria, en términos del artículo 26, fracción VIII, del CFF, en caso de incumplimiento.
b. El periodo de abastecimiento de las mercancías que han sido adquiridas por la industria terminal automotriz y/o manufacturera de vehículos de autotransporte.
c. Indicar el domicilio a donde se realizarán los envíos.
d. Mencionar la descripción que permita identificar las mercancías que serán trasladadas.
2. Copia simple del instrumento notarial donde el representante legal de la IAT acredite sus facultades para realizar dicho acto.
3. Copia simple de la identificación oficial del representante legal.
4. Copia simple de la autorización del Programa IMMEX, emitida por la SE.
5. Adicionalmente, los documentos que deberan adjuntarse son:
a) Original o copia simple del acuse del aviso de traslado de partes y componentes de la franja o región fronteriza al resto del país.
b) Original o copia simple de la factura de la mercancía de que se trate, que contenga el número de programa, datos del vehículo en que se efectúa el traslado, lugar al que será destinadas las mercancías y anotación de que dicha operación se efectúa en términos de la regla 4.3.10.
c) Tratándose de mercancías susceptibles de ser identificadas individualmente, deberán indicar números de serie, parte, marca, modelo o en su defecto las especificaciones técnicas o comerciales necesarias para identificar dichas mercancías, a efecto de distinguirlas de otras similares.
6. Cabe mencionar que no se obtendrá un documento, por lo que únicamente se otorgará el acuse de recibo.
En conclusión, este dispositivo ofrece facilidad administrativa en las operaciones aduaneras que deben ser aprovechados por las empresas de la Industria de Autopartes para el traslado de sus mercancías en territorio nacional bajo las circunstancias reguladas.
En TLC Asociados, desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar, implementar estrategias y dar cumplimiento en operaciones de comercio exterior.
Mtro. Ricardo Méndez Castro
ricardo@www.tlcasociados.com.mx
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TLC ASOCIADOS, SC.
Dirección Académica
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