LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO VII-P-2AS-720
NOTIFICACIONES EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. LAS REALIZADAS POR CORREO CERTIFICADO CON ACUSE DE RECIBO, NO PROCEDE ORDENAR SU REPOSICIÓN DE LA PRACTICADA DE MANERA IRREGULAR SI EL INTERESADO MANIFESTÓ TENER CONOCIMIENTO DEL CONTENIDO DE LA SENTENCIA Y ADEMÁS PRESENTÓ DEMANDA DE AMPARO EN CONTRA DE LA MISMA.
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