Resoluciones favorables en etapa administrativa relacionadas con ejercicios de facultades de comprobación por Dato Inexacto en identificador CF
En últimas fechas la Administración General de Auditoria de Comercio Exterior inicio facultades de comprobación (visitas domiciliarias, revisiones de gabinete, escritos de hechos u omisiones) determinando presuntivamente créditos fiscales millonarios por supuestos errores considerados datos inexactos.
La autoridad fiscal establecía que el Importador y/o Agente Aduanal habían declarado de manera incorrecta en los pedimentos de importación definitiva a la región o franja fronteriza el Identificador “CF”, pretendiendo hacerlos responsables de una multa por pedimento relacionada con datos inexactos, lo que se traducía en un detrimento para nuestros clientes.
Resulta de explorado derecho que la operación aduanera debe de encontrarse totalmente regulada por una norma vigente, en el caso concreto, la norma establecía una obligación de imposible realización, es decir, resultaba imposible declarar el identificador “CF” en los términos que establecían las RCGMCE 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013, por lo que, la norma se apartaba de la situación real y operativa del Sistema Automatizado Aduanero Integral.
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