
CO14 – Obligación OEA: Acreditar el legal uso y goce de domicilio/ AEO Obligation: Evidence of Legal Use and Address.
Como parte de las obligaciones que se adquieren al momento de obtener la certificación como Operador Económico Autorizado, por sus siglas OEA, se encuentra el estar en cumplimiento de las circunstancias por las cuales se otorgó la certificación, asi como dar los Avisos correspondientes ante la autoridad.
Parte de las circunstancias que deben estar en cumplimiento es contar con el legal uso y goce de los inmuebles con los que cuenta la empresa. Esto se cumple a través del contrato de compraventa, o más comúnmente un contrato de arrendamiento con un plazo obligatorio de al menos 1 año de vigencia.
Si bien, al momento de solicitar la certificación OEA, el contrato debe contar con al menos 8 meses de vigencia restantes al momento de su presentación ante el SAT. Éste es un documento que comúnmente sufre de actualizaciones, por lo que es obligación de la empresa dar aviso en caso de modificaciones o actualizaciones al documento en cuestión.
De acuerdo con la regla 7.2.1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior, la empresa deberá presentar un Aviso ante la AGACE en caso de que varíe o cambie el documento en el cual se haya otorgado el legal uso y goce de inmueble donde se desarrolla el proceso productivo o prestación de servicio.
Este aviso cuando corresponde a la certificación OEA se deberá presentar actualmente de manera física a través del formato “Avisos a que se refiere la regla 7.2.1”, adjuntando el documento en cuestión.
La omisión de alguna obligación relacionada a la certificación OEA puede causar que las empresas sean acreedoras a un requerimiento por parte de la autoridad o incluso a iniciar el proceso de cancelación del esquema de certificación.
Asesórate con los expertos de TLC Asociados para dar los avisos que te permitan mantener tu certificación OEA.
“En TLC Asociados desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar, implementar estrategias y dar cumplimiento en operaciones de comercio exterior”.
Para más información o comentarios sobre esta publicación contacte a:
División de Certificaciones OEA y C-TPAT
TLC Asociados S.C.
Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados de TLC Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto TLC Asociados, S.C., su equipo y su autor, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o destinatario le pueda dar.
As part of the obligations assumed upon obtaining the certification as an Authorized Economic Operator (AEO) is to comply with the circumstances for which the certification was granted, as well as to give the corresponding Notices before the authority.
One of the circumstances that must be met is the legal use and enjoyment of the company’s facilities. These circumstances can be achieved through the sales contract, or more commonly a lease contract with a mandatory term of at least 1 year.
Although, when applying for the AEO certification, the contract must have at least 8 months remaining at the time of its submission to the SAT. This document is regularly updated, so it is the company’s obligation to give notice in case of modifications or updates to the document in question.
According to rule 7.2.1 of the General Rules of Foreign Trade, the company must give notice to the AGACE in case the document in which the legal use and enjoyment of the property where the productive process or service is developed is changed or modified.
This notice, when applicable to the AEO certification, shall be submitted physically in the form of a “Notice referred to in Rule 7.2.1”, attaching the document in question.
Failure to comply with any obligation related to AEO certification may cause companies to be required by the authority or even to initiate the process of cancellation of the certification scheme.
Contact the experts at TLC Asociados for advice on how to maintain your AEO certification.
“In TLC Asociados, we develop a multidisciplinary team of experts in audits and risk analysis for consulting, implementing strategies and complying with foreign trade operations”.
For further information or comments regarding this article, please contact:
AEO & C-TPAT Certification Division
TLC Asociados S.C.
A total or partial reproduction is completely prohibited. All rights are reserved to TLC Asociados, S.C. The content of this article is not a consultation; therefore, TLC Asociados S.C., its team and its author do not assume any responsibility for the interpretations or implementations the reader may have.
Search
Nuestros servicios
- División de Auditoria Preventiva y de Cumplimiento
- División de Certificaciones OEA-NEEC-CTPAT
- División de Certificación en Materia de IVA/IEPS y Recinto Fiscalizado Estratégico
- División de Blindaje Legal
- División de Consultoría
- División de Lobbying
- Gestoría de Permisos Especiales
- Arquitectura Aduanera
- Revista TLC
- Libros TLC