
IC20 – Presentación del Dictamen fiscal 2019
Tijuana, Baja California a 28 de julio de 2020
12.13.2. Presentación del Dictamen fiscal 2019
Uno de los objetivos del dictamen fiscal es informar el cumplimiento de las obligaciones fiscales del contribuyente. Si bien es un documento que da confianza pública para todos aquellos usuarios de dicha información, de acuerdo con la segunda resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2020 y sus anexos 1 y 1-A, cuarta versión anticipada, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 32-A, tercer párrafo y 52, fracción IV del CFF, los contribuyentes deberán enviar únicamente vía Internet, a través del Portal del SAT, su dictamen fiscal, así como la demás información y documentación a que se refiere el artículo 58 del Reglamento del CFF y la regla 2.13.15., de la RMF para 2020.
Plazo de presentación:
A más tardar el 31 de agosto 2020.
Contribuyentes con diferencias de impuestos a pagar:
Tratándose de contribuyentes en cuyos dictámenes se vayan a determinar diferencias de impuesto a pagar para poder aplicar la facilidad prevista en los párrafos anteriores, deberán tener pagadas las citadas contribuciones a más tardar al 15 de julio de 2020 y debiendo quedar esto reflejado en el anexo “Relación de contribuciones por pagar”.
Se considera extemporáneo:
En los casos en que no se cumpla con lo señalado en los párrafos anteriores, la facilidad establecida en la presente regla se considerará que no se ejerció y, en consecuencia, el dictamen que se llegue a presentar se considerará extemporáneo para efectos de lo previsto en el artículo 52-A, quinto párrafo, inciso k) del CFF.
Acuse de aceptación:
El SAT emitirá acuse de aceptación utilizando correo electrónico; y los contribuyentes podrán consultar a través del Portal del SAT, la fecha de envío y recepción del dictamen.
Fundamentación:
SEGUNDA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2020 Y SUS ANEXOS 1 Y 1-A. CUARTA VERSIÓN ANTICIPADA
CFF 32-A, 52, RCFF 58, RMF 2020 2.13.8., 2.13.15.
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