CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LOS DOMICILIOS DE LAS EMPRESAS IMMEX
Las empresas IMMEX cuentan con diversas obligaciones fiscales y administrativas que deben cumplir de forma permanente con el propósito de mantener activo los beneficios y facilidades administrativas que brinda el programa IMMEX.
En este contexto, de manera particular abordaremos las atribuciones de las autoridades y las responsabilidades que tienen las empresas con relación a al control de los domicilios, tanto el fiscal como aquellos donde realizan operaciones de manufactura.
I. Atribuciones de la Secretaría de Economía
La Secretaría de Economía cuenta con la facultad de verificar anualmente a las empresas con Programa IMMEX, la cual lleva a cabo durante el mes de marzo de cada año, previo a la presentación del reporte anual, con el objetivo de observar el cumplimiento de las obligaciones señaladas en el artículo 11, fracción III del Decreto IMMEX que se indican a continuación:[1]
a) Certificado de firma electrónica avanzada del SAT.
b) Registro Federal de Contribuyentes activo.
c) Que el domicilio fiscal y los domicilios en los que realice sus operaciones al amparo del Programa, estén inscritos y activos en el RFC.
d) Acreditar que no se encuentre en los listados de empresas incumplidas o que realizan operaciones inexistentes publicadas por el SAT.
e) Opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales expedida por el SAT.
Al respecto, la SE publicará en el DOF un listado de los números de Programa IMMEX que como resultado de de verificación no cumplan con la citada obligación a fin de que las empresas tengan conocimiento y acudan ante el SAT a solventar la problemática correspondiente.
De manera ejemplificativa, la SE dio a conocer por medio oficiales dos publicaciones relacionadas con el incumplimiento de acreditar que el domicilio fiscal y los domicilios en los que se realizan las operaciones al amparo del Programa IMMEX se encuentren inscritos y activos en el RFC, lo cual origino la falta de presentación del reporte anual de operaciones de comercio exterior:
DOF | Descripción | Empresas |
21/07/2023 | Aviso por el que se dan a conocer los nombres de los titulares y números de Programas de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación suspendidos | 89 empresas suspendidas |
15/11/2023 | Aviso por el que se dan a conocer los nombres de los titulares y números de programas de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación cancelados | 41 empresas canceladas |
II. Obligaciones de las Empresas IMMEX
Las empresas desde el momento en que optan por solicitar un programa IMMEX tienen el requisito de que el domicilio fiscal y los domicilios en los que realice sus operaciones al amparo del Programa, estén inscritos y activos en el Registro Federal de Contribuyente debidamente localizadas.[2]
Así, una vez que han obtenido la autorización del programa IMMEX, las empresas deben mantener las mercancías que se hubieren importado temporalmente en el o los domicilios registrados en el programa IMMEX.[3]
También, las empresas IMMEX se encuentran sujetas a dar aviso de los cambios que se realicen al domicilio fiscal ante el SAT y la Secretaría de Economía, así como de notificar las altas y bajas de domicilios donde se llevarán a cabo o dejaran de realizar operaciones de manufactura, según corresponda.[4]
No debemos dejar de lado, que aquellas empresas IMMEX que cuentan con la certificación de IVA e IEPS tienen obligaciones similares como dar aviso de cualquier cambio en el domicilio fiscal, domicilios donde se realiza el proceso productivo y el alta de nuevas instalaciones donde realicen actividades económicas o de comercio exterior.[5]
En consecuencia, cuando las empresas IMMEX incumplan con las antes mencionadas pondrán en riesgo su autorización, puesto que son causales de cancelación del citado programa de fomento.[6] Al igual, que con la certificación de IVA e IEPS son causales de requerimiento y cancelación, la falta de cumplimiento de dichas obligaciones.[7]
Para finalizar, es de suma relevancia que el departamento de aduanas o comercio exterior verifique la información del domicilio fiscal y los domicilios donde se efectúen operaciones de comercio exterior, así como implementar controles y colaborar de manera coordinada con otras áreas de la organización con el propósito de mantener la plena observancia del cumplimiento de las obligaciones del programa IMMEX y demás certificaciones buscando asegurar la continuidad de las operaciones y prevenir los riesgos de la comisión de infracciones y delitos aduaneros.
“En TLC Asociados desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar, implementar estrategias y dar cumplimiento en operaciones de comercio exterior”.
Para más información o comentarios sobre esta publicación contacte a:
Atentamente
Ricardo Méndez Castro
División de Consultoría
TLC Asociados, S.C.
[1] Cfr. Regla 3.2.8 de las RCSE.
[2] Cfr. Artículo 11, fracción III del Decreto IMMEX.
[3] Cfr. Artículo 24, fracción VI del Decreto IMMEX.
[4] Cfr. Artículo 24, fracción VII del Decreto IMMEX.
[5] Cfr. Regla 7.2.1, fracción III de las RGCE para 2024.
[6] Cfr. Artículo 29 del Decreto IMMEX.
[7] Cfr. Reglas 7.2.2, primer párrafo, fracción I, inciso e) y 7.2.4, apartado A, fracción II de las RGCE para 2024.
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