Alcance al Boletín P093 Empresas aceptadas para el esquema de Garantías en Materia de IVA e IEPS.
En alcance al Boletín núm. P093 de fecha 19 de diciembre de 2014, mediante el cuál se informa respectivamente:
Las claves de documento permitidas para la importación temporal de mercancías, al amparo del esquema de garantías en materia de IVA e IEPS, estarán a lo siguiente: V1, V5, V7, IN, F2, M1, M3, E1 y las rectificaciones, conforme al apéndice 2 del anexo 22.
Para el caso de importación temporal de activo fijo, al amparo del esquema de garantías, en términos de las reglas 5.2.28 y 5.2.22 de las RCGMCE, se deberán declarar las claves de documento (V1, AF, M2, M4, E2 y las rectificaciones) conforme al apéndice 2 del anexo 22. Cuando se declare la clave de documento (V1) en el registro 501 se deberá declarar de forma obligatoria la clave del identificador a nivel general (AF) en el campo 3 del registro 507, conforme al apéndice 8 del anexo 22.
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