Alta a empresas con quienes realizan transferencias, así como las que les sub-maquilan
En palabras de nuestros clientes;
“TLC es un despacho que no sólo detecta lo que esta incorrecto, ya que generalmente las empresas cuando buscan un despacho saben qué tipo de contingencias tienen, TLC Asociados nos ofrece un servicio diferente, nos dan soluciones y no solo dicen como corregirlo, sino que se involucran en la corrección con distintos escenarios legales de inicio a fin”.
Actualmente las empresas IMMEX que tienen la Certificación en IVA e IEPS, tienen como obligación, entre muchas otras, la de dar de alta a las empresas con las que realizan pedimentos de transferencia virtuales, así como los datos del RFC de las empresas con las que realizan procesos de sub-maquila, obligación que está establecida en la fracción VII, de la regla 5.2.16. de las RGCE para 2015, tal como se señala:
“5.2.16. Las personas morales que obtengan la certificación a que refieren las reglas 5.2.13., y 5.2.20., estarán sujetas al cumplimiento permanente de las siguientes obligaciones:
…
VII. Los contribuyentes que cuenten con un programa IMMEX deberán realizar vía electrónica el alta de las empresas con las que realizan pedimentos de transferencia virtuales, así como los datos del RFC de las empresas con las que realizan procesos de sub-maquila, conforme a las reglas publicadas por el SAT para tales efectos.
Como se puede apreciar en dicha regla, la obligación debe ser cumplida vía electrónica y conforme a lo que establezcan las reglas del SAT.
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