CFDI 4.0 Objeto de Impuesto
En la facturación electrónica en su versión del CFDi 4.0, en el concepto de objeto de impuesto se refiere a un atributo que expresa si la operación comercial está sujeta a la aplicación y desglose de impuestos. Este atributo, definido por el SAT, permite clarificar de manera precisa si una transacción reportada debe incluir impuestos y bajo qué condiciones.
El objeto de impuesto en la facturación electrónica tiene como objetivo principal proporcionar información clara y concisa al SAT sobre las operaciones comerciales realizadas por los contribuyentes. Esto se logra mediante la asignación de una de las tres claves específicas establecidas por la autoridad fiscal, que permiten identificar adecuadamente el tipo de transacción y su tratamiento fiscal correspondiente.
Las partidas relacionadas con los objetos de impuesto se dividen en tres categorías:
- No objeto de impuesto: De acuerdo con lo establecido en la ley del IVA artículo 4-A, establece que no están sujetos a impuestos aquellos actos o actividades realizados fuera del territorio nacional por el contribuyente, según lo dispuesto en los artículos 10, 16 y 21 de la ley, así como aquellos diferentes a los especificados en el artículo 1o, siempre y cuando generen ingresos o contraprestaciones sujetas a IVA por gastos e inversiones en los que se traslade o haya pagado dicho impuesto.
- Sí objeto del impuesto: De acuerdo con el Artículo 1° de la ley del IVA, aquí se incluyen todas las operaciones que, por su naturaleza, están sujetas a impuestos. Esto abarca actividades como la enajenación de bienes, la prestación de servicios independientes, la importación de bienes o servicios, así como el uso temporal de bienes dentro del país.
- Sí objeto del impuesto y no obligado al desglose: Esta clave se utiliza específicamente en el régimen de Pequeños Contribuyentes (RIF) para aquellas operaciones dirigidas al público en general o para productos y servicios que no están sujetos al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Es crucial para los contribuyentes asegurarse de asignar correctamente el objeto de impuesto en cada factura emitida, ya que con esto se estaría cumpliendo con las disposiciones legales. La correcta clasificación del objeto de impuesto ayuda a evitar posibles sanciones.
“En TLC Asociados desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar y promover el cumplimiento en operaciones de comercio exterior”.
Para más información o comentarios sobre esta publicación contacte a:
División de Impuestos Corporativos
TLC Asociados S.C.
Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados de TLC Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto TLC Asociados, S.C., su equipo y su autor, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o destinatario le pueda dar.
In the electronic invoicing in its CFDI (Digital Tax Receipt via Internet) 4.0 version, the concept of tax object refers to an attribute that expresses whether the commercial transaction is subject to the application and breakdown of taxes. This attribute, defined by the SAT, allows clarifying precisely whether a reported transaction must include taxes and under what conditions.
The main purpose of the tax object in electronic invoicing is to provide clear and concise information to the SAT on the commercial transactions carried out by taxpayers. This is achieved by assigning one of the three specific keys established by the tax authority, which allow the type of transaction and its corresponding tax treatment to be properly identified.
The items related to the tax objects are divided into three categories:
- Not subject to tax: In accordance with the provisions of Article 4-A of the VAT Law, it establishes that those acts or activities carried out outside the national territory by the taxpayer, as provided in Articles 10, 16 and 21 of the Law, as well as those different from those specified in Article 1, are not subject to tax, provided that they generate income or consideration subject to VAT for expenses and investments in which said tax is transferred or has been paid.
- Subject to tax: According to Article 1 of the VAT law, this includes all operations that, by their nature, are subject to tax. This includes activities such as the alienation of goods, the rendering of independent services, the importation of goods or services, as well as the temporary use of goods within the country.
- Subject to tax and not required to be itemized: This code is specifically used in the Small Taxpayers Regime (RIF) for those operations directed to the general public or for products and services that are not subject to Value Added Tax (VAT).
It is crucial for taxpayers to make sure to correctly assign the tax object in each invoice issued, as this would be in compliance with the legal provisions. The correct classification of the tax object helps to avoid possible penalties.
“In TLC Asociados, we develop a multidisciplinary team of experts in audits and risk analysis for consulting and ensuring compliance with foreign trade operations”.
For further information or comments regarding this article, please contact:
Corporate Tax Division
TLC Asociados S.C.
A total or partial reproduction is completely prohibited. All rights are reserved to TLC Asociados, S.C. The content of this article is not a consultation; therefore, TLC Asociados S.C., its team and its author do not assume any responsibility for the interpretations or implementations the reader may have.
Search
Nuestros servicios
- División de Auditoria Preventiva y de Cumplimiento
- División de Certificaciones OEA-NEEC-CTPAT
- División de Certificación en Materia de IVA/IEPS y Recinto Fiscalizado Estratégico
- División de Blindaje Legal
- División de Consultoría
- División de Lobbying
- Gestoría de Permisos Especiales
- Arquitectura Aduanera
- Revista TLC
- Libros TLC