CRÉDITO FISCAL DETERMINADO EN RESPUESTA A UNA PETICIÓN DE DEVOLUCIÓN PRESENTADA POR EL CONTRIBUYENTE.- RESULTA ILEGAL
VIII-P-SS-232
CRÉDITO FISCAL DETERMINADO EN RESPUESTA A UNA PETICIÓN DE DEVOLUCIÓN PRESENTADA POR EL CONTRIBUYENTE.- RESULTA ILEGAL.- El artículo 22 del Código Fiscal de la Federación establece los lineamientos que deben seguirse tratándose del procedimiento de devolución de pago de lo indebido y de las cantidades que proceden conforme a las leyes fiscales, de forma que la autoridad fiscal solo está facultada a negar o conceder la devolución solicitada y verificar su procedencia. Luego entonces, si la respuesta a la petición correspondiente no se circunscribe a dichos aspectos, sino por el contrario determina un crédito fiscal a cargo del contribuyente, sin mediar el ejercicio de las facultades de comprobación previstas en el artículo 42 del mismo Código; tal determinación debe calificarse de ilegal y en consecuencia procede declarar su nulidad.
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