Resolución que concluye el examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de envases tubulares flexibles de aluminio, originarias de la República Bolivariana de Venezuela, independientemente del país de procedencia.
El día de hoy, se publicó en el Diario Oficial de la Federación dicha Resolución, la cual antecede de las diversas publicaciones por el mismo órgano informativo a raíz de establecer las cuotas compensatorias correspondientes para dichos envases flexibles de aluminio, o en su defecto, la eliminación de las mismas, como es el caso de dicho documento. Estas mercancías ingresan por la fracción arancelaria 7612.10.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación:
RESOLUCIÓN QUE CONCLUYE EL EXAMEN DE VIGENCIA DE LAS CUOTAS COMPENSATORIAS IMPUESTAS A LASIMPORTACIONES DE ENVASES TUBULA RES FLEXIBLES DE ALUMINIO, ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DEVENEZUELA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA. ESTA MERCANCÍA INGRESA POR LA FRACCIÓN ARANCELARIA7612.10.01 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN.
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