EXTIENDEN LA VIGENCIA DEL DECRETO DE EMPRESAS DE LA FRONTERA
El 30 de septiembre de 2024 se dio a conocer en el DOF el “Decreto por el que se modifica el diverso por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte” para entrar en vigor el día de su publicación.
De manera general, se mantienen vigentes las preferencias arancelarias otorgadas mediante el referido instrumento normativo, el cual establece que inició su vigencia el día 1 de enero de 2009 y finalizará el día 30 de septiembre de 2026.
En este contexto, los contribuyentes tendrán la posibilidad de inscribirse en el registro como empresa de la frontera para destinar bajo el régimen definitivo las mercancías a la franja o región fronteriza aplicando aranceles exentos o reducidos, siempre y cuando realicen las actividades que se indican:
● Comercialización. ● Presten servicios de restaurantes. ● Hoteles. ● Esparcimiento. ● Culturales. ● Recreativo. | ● Deportivos. ● Educativos. ● Investigación. ● Médicos y de asistencia social. ● Alquiler de bienes muebles. ● Servicios prestados a las empresas. |
La región y franja fronteriza comprende las ubicaciones que se indican a continuación:
Región fronteriza | Franja fronteriza Norte |
● Los Estados de Baja California, Baja California Sur, Quintana Roo y la región parcial del Estado de Sonora; la franja fronteriza sur colindante con Guatemala y los municipios de Caborca, Sonora; Comitán de Domínguez, Chiapas; Salina Cruz, Oaxaca y Tenosique, Tabasco. | ● Territorio comprendido entre la línea divisoria internacional del norte del país y la línea paralela a una distancia de 20 Km hacia el interior del país, en el tramo comprendido entre el límite de la región parcial del Estado de Sonora y el Golfo de México, así como el municipio fronterizo de Cananea, Sonora. |
● Región parcial del Estado de Sonora, a la zona comprendida en los siguientes límites: al norte, la línea divisoria internacional desde el cauce actual del Río Colorado hasta el punto situado en esa línea a 10 Km al oeste de Sonoyta, de ese punto, una línea recta hasta llegar a la costa a un punto situado a 10 Km al este de Puerto Peñasco; de allí, siguiendo el cauce de ese río, hacia el norte hasta encontrar la línea divisoria internacional | |
● Franja fronteriza sur colindante con Guatemala, a la zona comprendida por el territorio de 20 kilómetros paralelo a la línea divisoria internacional del sur del país, en el tramo comprendido entre el municipio Unión Juárez y la desembocadura del río Suchiate en el Océano Pacífico, dentro del cual se encuentra el municipio de Tapachula, Chiapas. |
Hasta el momento los beneficios arancelarios que tienen permitido gozar las empresas de la frontera en las importaciones definitivas son concentrados en una lista de alrededor de 1,349 fracciones arancelaria con las tasas siguiente:
Aranceles | Cantidad |
Tasa del 0% Advalorem | 1,147 |
Tasa del 5% Advalorem | 193 |
Desgravadas con cupo anual | 2 |
Desgravación total o parcial para vehículos usados | 7 |
Total | 1,349 |
Finalmente, se establece que los registros como empresa de la frontera vigentes tendrán vigencia hasta el 30 de junio de 2025, sin perjuicio de que puedan obtener un nuevo registro o ampliar la vigencia del mismo siempre que se cumpla con las disposiciones que al efecto emita la Secretaría de Economía.
“En TLC Asociados desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar, implementar estrategias y dar cumplimiento en operaciones de comercio exterior”.
Para más información o comentarios sobre esta publicación contacte a:
Ricardo Méndez Castro
División de Consultoría
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