Histórica Sentencia en materia de Ley de Amparo a favor de los Contribuyentes
Sentar un precedente jurídico en materia de amparo colectivo con el cual los ciudadanos y los contribuyentes podrán defenderse contra decisiones que agravian sus derechos por parte de los poderes Ejecutivo, Legislativo, y Judicial, se ha podido lograr ante una reciente sentencia del Quinto Tribunal Colegiado del Poder Judicial de la Federación.
Nuestro Director, Octavio de la Torre de Stéffano, informó que el Tribunal Colegiado resolvió que el amparo colectivo interpuesto contra el cobro de cuota en la caseta de Playas de Tijuana, será revisado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocando la decisión de un Juez de Distrito en Tijuana que había determinaba que dicho amparo no procedía en contra de una omisión legislativa.
“Los Magistrados determinaron que sí es materia del Juicio de Amparo Indirecto la omisión legislativa en la que incurrió el Poder Legislativo en el caso del cobro de la caseta de Playas de Tijuana, sin embargo esta resolución va más allá de este asunto, pues con esto se ha logrado sentar un precedente jurídico para que los contribuyentes y los ciudadanos puedan defender sus derechos ante este tipo de decisiones por parte del Ejecutivo, la Cámara de Diputados y Senadores, e incluso un Juez de Distrito”, indicó Octavio de la Torre.
Explicó que con esta resolución histórica se demuestra que los ciudadanos tienen un mecanismo para que se puedan amparar con el fin de proteger los derechos de la colectividad ante decisiones en materia fiscal como el aumento del IVA en Baja California, por ejemplo.
“En muchas decisiones la agenda del Poder Ejecutivo y Legislativo va en contra del interés de los ciudadanos y de la colectividad, e incluso dicha agenda resulta ser recaudatoria agravando los ingresos de las familias mexicanas, por ello es de vital trascendencia esta resolución histórica del Tribunal Colegiado”, comentó nuestro Director.
Detalló que dicha resolución en el caso de los residentes de la carretera Escénica se dejó en claro que existe un agravio por parte de la Cámara de Diputados y Senadores al omitir legislar para que se les exente del cobro de peaje en la caseta de Playas de Tijuana, ello debido a que es una exigencia Constitucional.
Dijo que el Estado tiene entre sus funciones primordiales legislar para crear normas con las cuales se garantice la convivencia armónica de los ciudadanos, así como proteger sus derechos, es por ello que el Tribunal Colegiado resolvió que si procede el amparo colectivo contra el cobro de peaje que está afectando a más de 12 mil habitantes en el derecho a transitar libremente en su propia ciudad.
Reiteró que basados en la Ley de Amparo es posible como en este caso que los ciudadanos y los contribuyentes se organicen y empoderen sus derechos al ser afectados en decisiones por parte de los poderes públicos.
Finalmente, en la histórica ejecutoria, el Tribunal Colegiado expone los motivos y fundamentos por los cuales considera que el recurso de revisión, interpuesto por los residentes que piden se les exénte del pago de peaje, debe ser conocido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Para quienes deseen mayor información sobre este tipo de juicios, puso a disposición el teléfono 664 6340189 y al correo electrónico arquitecturaaduanera@www.tlcasociados.com.mx
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