IC24 – El principio de legalidad en la materia tributaria/ The Principle of Legality in Tax Matters
La obligación de contribuir con el gasto público para México se encuentra establecida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 31 fracción IV que establece lo siguiente:
“Son obligaciones de los mexicanos:
Vl. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.”
Una vez emanada la obligación de pagar contribuciones de la Constitución, se crea el Código Fiscal de la Federación y Leyes específicas para las contribuciones a pagar como lo son la Ley del Impuesto Sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado entre otras.
El principio de legalidad tributaria tiene que ver con que no se pueden imponer contribuciones si no están establecidas previamente mediante Ley. Este principio ayuda a que la autoridad no ejerza su poder de manera arbitraria ante los contribuyentes, puesto que la actuación de la autoridad queda limitada a lo que se establece en Ley, por lo cual no puede llevar actos o funciones que no se encuentren establecidos en Ley. Esto proporciona al contribuyente certeza jurídica al saber de manera anticipada mediante Ley cuáles son sus obligaciones en materia fiscal así cómo cuáles son sus derechos, esto también les permite saber hasta dónde puede llegar la actuación de la autoridad.
Fundamentación:
Artículo 31 Fracción Vl Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
“En TLC Asociados, desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar, implementar estrategias y dar cumplimiento en operaciones de comercio exterior”.
Para más información o comentarios sobre esta publicación contacte a:
División de Impuestos Corporativos
TLC Asociados SC
Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados de TLC Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto TLC Asociados, S.C., su equipo y su autor, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o destinatario le pueda dar.
The obligation to contribute to public spending for Mexico is established in the Political Constitution of the United Mexican States in article 31, section IV, which states:
“It is the obligation of all Mexicans:
To contribute to the public expenses of the Federation, the states, Mexico City and the municipality in which they reside, in a proportional and equitable manner as provided by law.”
Once the obligation to pay contributions arises from the Constitution, the Fiscal Code of the Federation is created and specific laws for the contributions to be paid such as the Income Tax Law, the Value Added Tax Law, among others.
The principle of tax legality has to do with the fact that contributions cannot be imposed if they are not previously established by law. This principle helps the authority not to exercise its power arbitrarily before the taxpayers, since the action of the authority is limited to what is established by law, so it cannot carry out acts or functions that are not established by law. This provides the taxpayer with legal certainty by knowing in advance by law what their obligations in tax matters are and what their rights are, this also allows them to know how far the authority can go.
Legal Basis:
Article 31 Section Vl Political Constitution of the United Mexican States.
“In TLC Asociados, we develop a multidisciplinary team of experts in audits and risk analysis for consulting, implementing strategies and complying with foreign trade operations”.
For further information or comments regarding this article, please contact:
Corporate Tax Division
TLC Asociados SC
A total or partial reproduction is completely prohibited. All rights are reserved to TLC Asociados, S.C. The content of this article is not a consultation; therefore, TLC Asociados S.C., its team and its author do not assume any responsibility for the interpretations or implementations the reader may have.
Search
Nuestros servicios
- División de Auditoria Preventiva y de Cumplimiento
- División de Certificaciones OEA-NEEC-CTPAT
- División de Certificación en Materia de IVA/IEPS y Recinto Fiscalizado Estratégico
- División de Blindaje Legal
- División de Consultoría
- División de Lobbying
- Gestoría de Permisos Especiales
- Arquitectura Aduanera
- Revista TLC
- Libros TLC