El 27 de octubre del 2022 se publicó en el portal de la ANAM el boletín 34, en el cual se comunica que fueron emitidos los “Lineamientos de Infraestructura, Control, Vigilancia y Seguridad, así como Recomendaciones Tecnológicas respecto a las Cámaras de Circuito Cerrado de Televisión, Instalaciones y Sistemas, para Administradores y Operadores de Recintos Fiscalizados Estratégicos”, versión 1.0 de septiembre de 2022, mismos que entraron en vigor a partir del 27 de Octubre de 2022

“Por medio del presente se hace de su conocimiento a las personas morales interesadas en obtener autorización para habilitar un inmueble para la introducción de mercancías bajo el régimen de Recinto Fiscalizado Estratégico los “Lineamientos de Infraestructura, Control, Vigilancia y Seguridad, así como Recomendaciones Tecnológicas respecto a las Cámaras de Circuito Cerrado de Televisión, Instalaciones y Sistemas, para Administradores y Operadores de Recintos Fiscalizados Estratégicos”, versión 1.0 de septiembre de 2022, emitidos por la Dirección General de Modernización, Equipamiento e Infraestructura Aduanera de la Agencia Nacional de Aduanas de México, los cuales tienen como objetivo establecer los requisitos mínimos necesarios que deberán cumplir los interesados en obtener autorización a que se refieren los artículos 14-D y 135-A de la Ley Aduanera, mismos que entrarán en vigor a partir de la fecha de publicación del presente boletín, dejando sin efectos los “Lineamientos de Infraestructura, Control y Seguridad para Administradores de Recintos Fiscalizados Estratégicos”.

Para mayor referencia se anexan los lineamientos antes mencionados.

Cualquier duda del contenido del presente documento deberá enviarla a los correos lucia.ruiz@anam.gob.mx.

La información registrada en el presente no tiene vigencia.

Para mayor referencia se anexan los lineamientos antes mencionados.

Cualquier duda del contenido del presente documento deberá enviarla a los correos marlenne.alcantara@anam.gob.mx y nancy.castillo@anam.gob.mx.

La información registrada en el presente no tiene vigencia.”