El 26 de octubre del 2022 se publicó en el portal de la ANAM el boletín 32, en el cual se comunica que fueron emitidos los “Lineamientos para el Control, Vigilancia y Seguridad, así como Recomendaciones Tecnológicas respecto a la Conexión de Entidades Externas o Terceros y a las Cámaras de Circuito Cerrado de Televisión, para los Prestadores y los interesados en prestar los Servicios de Manejo, Almacenaje y Custodia de Mercancías de Comercio Exterior (Recintos Fiscalizados Concesionados y Autorizados)”versión 1.0 de septiembre de 2022, mismos que entraron en vigor a partir del 26 de Octubre de 2022
“Por medio del presente se hace de su conocimiento a los Prestadores y los interesados en prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de las mercancías de comercio exterior, los “Lineamientos para el Control, Vigilancia y Seguridad, así como Recomendaciones Tecnológicas respecto a la Conexión de Entidades Externas o Terceros y a las Cámaras de Circuito Cerrado de Televisión, para los Prestadores y los interesados en prestar los Servicios de Manejo, Almacenaje y Custodia de Mercancías de Comercio Exterior (Recintos Fiscalizados Concesionados y Autorizados)”versión 1.0 de septiembre de 2022, emitidos por la Dirección General de Modernización, Equipamiento e Infraestructura Aduanera de la Agencia Nacional de Aduanas de México, los cuales tienen como objetivo establecer los requisitos mínimos necesarios, que deberán cumplir quienes soliciten la concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior a que se refieren los artículos 14 y 14-A de la Ley Aduanera, así como los particulares que cuenten con concesión o autorización para la prestación de lo citados servicios, mismos que entrarán en vigor a partir de la fecha de publicación del presente boletín, dejando sin efectos los “Lineamientos para el Control, Vigilancia y Seguridad, así como Recomendaciones Tecnológicas respecto de las Cámaras de Circuito Cerrado de Televisión, para los prestadores y los interesados en prestar los Servicios de Manejo, Almacenaje y Custodia de Mercancías de Comercio Exterior” de abril de 2020.
Para mayor referencia se anexan los lineamientos antes mencionados.
Cualquier duda del contenido del presente documento deberá enviarla a los correos marlenne.alcantara@anam.gob.mx, lucia.ruiz@anam.gob.mx y nancy.castillo@anam.gob.mx.
La información registrada en el presente no tiene vigencia”