El 27 de octubre del 2022 se publicó en el portal de la ANAM el boletín 33, en el cual se comunica que fueron emitidos los “Lineamientos para la Infraestructura, Control, Vigilancia y Seguridad, así como Recomendaciones Tecnológicas respecto a las Cámaras de Circuito Cerrado de Televisión para los establecimientos que tengan como finalidad la exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales en Puertos Aéreos Internacionales, Fronterizos y Marítimos de Altura” versión 1.0 de septiembre de 2022, mismos que entraron en vigor a partir del 27 de Octubre de 2022
“Por medio del presente se hace de su conocimiento a los interesados en obtener una autorización para el establecimiento de depósito fiscal para la exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales en puertos aéreos internacionales, fronterizos y marítimos de altura, los “Lineamientos para la Infraestructura, Control, Vigilancia y Seguridad, así como Recomendaciones Tecnológicas respecto a las Cámaras de Circuito Cerrado de Televisión para los establecimientos que tengan como finalidad la exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales en Puertos Aéreos Internacionales, Fronterizos y Marítimos de Altura” versión 1.0 de septiembre de 2022 emitidos por la Dirección General de Modernización, Equipamiento e Infraestructura Aduanera de la Agencia Nacional de Aduanas de México, los cuales tienen como objetivo establecer los requisitos mínimos necesarios que deberán cumplir los interesados en obtener autorización a que se refiere el artículo 121, fracción I, de la Ley Aduanera, mismos que entrarán en vigor a partir de la fecha de publicación del presente boletín, dejando sin efectos los “Lineamientos para la Infraestructura y Seguridad de los establecimientos que tengan como finalidad la exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales en Puertos Aéreos Internacionales, Fronterizos y Marítimos de Altura”.
Para mayor referencia se anexan los lineamientos antes mencionados.
Cualquier duda del contenido del presente documento deberá enviarla a los correos marlenne.alcantara@anam.gob.mx y nancy.castillo@anam.gob.mx.
La información registrada en el presente no tiene vigencia.”