¿Saldo a favor de IVA? Te decimos cómo obtenerlo
Unas de las obligaciones de los ciudadanos es contribuir al gasto público, dichas obligaciones se efectúan por medio del pago de las contribuciones que establecen las leyes.
Las contribuciones son clasificadas en impuestos, aportaciones de seguridad social contribuciones de mejoras y derechos, derivado de ello surgen situaciones en las cuales los contribuyentes se encuentran en posibilidad de obtener devoluciones procedentes por diversas situaciones como:
- Cantidades pagadas indebidamente
- Las que procedan conforme las leyes fiscales (saldo a favor que se genera por la mecánica de la ley)
De acuerdo con el saldo a favor procedente del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que lo pueden solicitar tanto las personas físicas como las personas morales, cabe hacer mención que el plazo para solicitar el saldo a favor o el pago de lo indebido es dentro de los 5 años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor.
Ahora bien, para poder solicitar el saldo a favor es necesario subir información mínima al portal del SAT, esta información consiste en:
- Anexo 7 y Anexo A
- Estado de cuenta expedido por la institución financiera, el cual no debe excederse a mas de 2 meses de antigüedad y debe contar con el RFC del contribuyente.
- Haber presentado la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), del periodo que se solicite el saldo a favor
Una vez que se cuente con la información, la solicitud del trámite se deberá realizar por medio del Buzón Tributario y anexar la información anteriormente mencionada.
Es importante considerar el plazo con el que cuenta la autoridad para poder devolver el saldo a favor, en caso de que proceda, es en el plazo que se establece en el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación. Una vez presentada la devolución, la autoridad contará con un plazo de 40 días hábiles posteriores a la fecha de la solicitud para dar respuesta al contribuyente. Dicho plazo se podrá suspender cuando la autoridad emita un requerimiento de información adicional al contribuyente (si la autoridad requiere información adicional, se tiene 20 días hábiles para contestar el requerimiento de información) y se reanuda cuando se cumpla con el requerimiento que se trate, extendiéndose el plazo a 60 días hábiles para que la autoridad emita la resolución de la devolución.
En el supuesto que la autoridad emita un requerimiento de solicitud de información será únicamente por el motivo para solventar alguna inconsistencia en la solicitud de la devolución, o bien para verificar la procedencia del saldo a favor, esta información podría ser:
- Documentación que acredite la materialidad de las operaciones realizadas con los clientes y con proveedores.
- Escritos libres en los cuales se describe el origen del saldo a favor, actividades que fueron recibidas de los proveedores.
- Papeles de trabajo que integran las operaciones tanto de ingresos como de egresos que se desarrollaron en el periodo en el que se genero el saldo a favor.
Recuerda que, en caso de haber generado saldo a favor por concepto del Impuesto al Valor Agregado, se cuentan con 5 años para poderlo solicitar a la autoridad por medio del Buzón Tributario.
“En TLC Asociados desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar y promover el cumplimiento en operaciones de comercio exterior”.
Para más información o comentarios sobre esta publicación contacte a:
División de Impuestos Corporativos
TLC Asociados S.C.
Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados de TLC Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto TLC Asociados, S.C., su equipo y su autor, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o destinatario le pueda dar.
One of the obligations of citizens is to contribute to public spending, such obligations are carried out through the payment of the contributions established by law.
Contributions are classified into taxes, social security contributions, contributions for improvements and duties. As a result, situations arise in which taxpayers are able to obtain appropriate refunds for different situations such as the following:
- Amounts unduly paid.
- Those applicable in accordance with the tax laws (credit balance generated by the mechanics of the law).
In accordance with the credit balance from the Value Added Tax (VAT), which can be requested by both individuals and corporations, it is worth mentioning that the deadline to request the credit balance or the payment of the undue amount is within 5 years from the date on which the credit balance was determined.
Now, in order to request the credit balance it is necessary to upload minimum information to the SAT portal, this information consists of the following:
- Annex 7 and Annex A.
- Account statement issued by the financial institution, which must not be more than 2 months old and must have the taxpayer’s RFC.
- To have filed the Informative Declaration of Operations with Third Parties (DIOT) for the period in which the tax credit balance is requested.
Once the information is available, the request for the procedure must be made through the Tax Mailbox and attach the aforementioned information.
It is important to consider the term that the authority has to return the balance in favor, in case it proceeds, it is within the term established in article 22 of the Federal Tax Code. Once the refund has been filed, the authority will have a term of 40 business days after the date of the request to respond to the taxpayer. Such term may be suspended when the authority issues a request for additional information to the taxpayer (if the authority requires additional information, the taxpayer has 20 business days to answer the request for information) and resumes when the request is complied with, extending the term to 60 business days for the authority to issue the resolution of the refund.
In the event that the authority issues an information request requirement, it will be only for the reason of solving any inconsistency in the refund request, or to verify the origin of the balance in favor, this information could be:
- Documentation evidencing the materiality of the transactions carried out with customers and suppliers.
- Free writings in which the origin of the balance in favor is described, activities that were received from the suppliers.
- Work papers that integrate the operations both of income and expenses that were developed in the period in which the balance in favor was generated
Remember that, in case of having generated a credit balance for Value Added Tax, you have 5 years to request it to the authority through the Tax Mailbox.
“In TLC Asociados, we develop a multidisciplinary team of experts in audits and risk analysis for consulting and ensuring compliance with foreign trade operations”.
For further information or comments regarding this article, please contact:
Corporate Tax Division
TLC Asociados S.C.
A total or partial reproduction is completely prohibited. All rights are reserved to TLC Asociados, S.C. The content of this article is not a consultation; therefore, TLC Asociados S.C., its team and its author do not assume any responsibility for the interpretations or implementations the reader may have.
Search
Nuestros servicios
- División de Auditoria Preventiva y de Cumplimiento
- División de Certificaciones OEA-NEEC-CTPAT
- División de Certificación en Materia de IVA/IEPS y Recinto Fiscalizado Estratégico
- División de Blindaje Legal
- División de Consultoría
- División de Lobbying
- Gestoría de Permisos Especiales
- Arquitectura Aduanera
- Revista TLC
- Libros TLC