Nuevas Unidades Administrativas del Servicio de Administración Tributaria
A raíz de la publicación en el Diario Oficial de la Federación del día 24 de Agosto del presente año, en donde se dio a conocer el nuevo Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, que entrará en vigor noventa días naturales siguientes a su publicación en Diario Oficial de la Federación, misma que TLC Asociados comunico a nuestros allegados, nos permitimos dar a conocer la integración de las nuevas unidades administrativas del Servicio de Administración Tributaria, así como aquellas que cambiaron su denominación.
De acuerdo al nuevo Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, que iniciara su vigencia el día 23 de Noviembre de 2015, se realizaron las siguientes
modificaciones a las unidades administrativas señaladas en el artículo 2 de dicho ordenamiento.
“Artículo 2.-
El Servicio de Administración Tributaria, para el despacho de los asuntos de su competencia, contará con las unidades administrativas siguientes:
A. Jefatura;
B. Unidades Administrativas Centrales:
I. Administración General de Recaudación:
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