VISITA DOMICILIARIA. NO AFECTA LA LEGALIDAD DE ESTA EL HECHO DE QUE EL CITATORIO PREVIO AL LEVANTAMIENTO DEL ACTA PARCIAL DE INICIO O DE LA ÚLTIMA ACTA PARCIAL SEA SUSCRITO POR UNO SOLO DE LOS VISITADORES
Séptima Época
Periodo: Abril 2016
Publicación: 29 de abril 2016
Fuente: Revista del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Jurisprudencia: VII-CASR-GO-36
Materia: Código Fiscal De La Federación
VISITA DOMICILIARIA. NO AFECTA LA LEGALIDAD DE ESTA EL HECHO DE QUE EL CITATORIO PREVIO AL LEVANTAMIENTO DEL ACTA PARCIAL DE INICIO O DE LA ÚLTIMA ACTA PARCIAL SEA SUSCRITO POR UNO SOLO DE LOS VISITADORES.
El artículo 43, fracción II del Código Fiscal de la Federación, dispone que las personas designadas para efectuar la visita podrán hacerlo conjunta o separadamente, por lo que independientemente de que en los citatorios previos al levantamiento del acta parcial de inicio y de la última acta parcial hubiera intervenido únicamente un visitador y en las propias actas intervinieran dos visitadores, no afecta la legalidad de las diligencias, en virtud de que, las personas designadas para efectuar la visita, pueden actuar conjunta o separadamente, sin que exista limitante alguna para ello.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 14/12381-13-01-03-03-OT.- Resuelto por la Sala Regional del Golfo del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 2 de junio de 2015, por unanimidad de votos.-
Magistrado Instructor: Raúl Guillermo García Apodaca.- Secretario: Lic. Aldo Jesús Martínez Torres.
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